martes, 24 de mayo de 2011

JUBILADOS Y PENSIONADOS: CÓMO HACER EL CAMBIO DE OBRA SOCIAL.

A raíz del tema en auge actualmente sobre la medicina prepaga, surge la propia inquietud de la gente y de los jubilados y pensionados en particular sobre su obra social, muchos de los cuales ignoran que pueden cambiarla, y que no es obligatorio estar adherido a una determinada (como P.A.M.I. por ejemplo). 
No es obligatorio, una vez jubilado o pensionado, mantenerse cautivo en la obra social de origen, sino que existen actualmente 92 obras sociales en condiciones y esperando que se afilien jubilados y pensionados, las cuales figuran en la página de ANSES (www.anses.gov.ar).
El trámite puede ser realizado a través de ANSES o de la nueva obra social a la cual la persona desea afiliarse y tiene una demora de 90 días, es decir que aparecerán afiliados a la nueva obra social el primer día hábil del tercer mes de haber hecho el trámite y sólo se puede cambiar de obra social una vez al año.
Tanto en ANSES como en la nueva obra social a la cual pretenda adherirse y efectuar el cambio deben dirigirse con el CODEM, lo cual es una constancia que figura en los registros de ANSES donde se encuentra plasmada la condición de jubilado o pensionado y le informa qué obra social posee al momento de iniciar el trámite

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