martes, 28 de febrero de 2012

A la Justicia para poder ver a los nietos.

Cada vez más abuelos van a tribunales de Familia para obtener un régimen de visita. La relación beneficia también a los niños.
El matrimonio de dos personas mayores entra cauteloso al recinto de Tucumán 360, donde funcionan los Tribunales de Familia en esta Capital. A cierta distancia, le sigue una pareja joven, con evidente disgusto. Los primeros nunca creyeron que tendrían que recurrir a la Justicia para poder estar con su nieto. “Hace casi un año que no lo vemos, y tampoco puede hacerlo mi mamá, a quien no le queda todo el tiempo del mundo, ¿no?”, ironiza la mujer, en referencia a la bisabuela, también presente.
Son los abuelos paternos de un niño de sólo dos años. La audiencia de re-vinculación es en el tercer piso. Los reclamantes salen conformes, porque consiguieron que la nuera acepte que vean al nene dos veces por semana: una en la casa (del nene) y otra en un lugar público.
“Yo sé que no es lo ideal, y que jamás tendríamos que haber llegado a esto, pero realmente no nos quedó otra”, se desahoga la mujer.
Aparenta unos 60 años, está bien vestida y se expresa correctamente. El marido permanece mudo. “No podemos echarle toda la culpa a mi nuera”, continúa la señora. “Mi hijo está de acuerdo con ella y nunca nos dio una explicación coherente del alejamiento... es como si le hubieran lavado el cerebro”, dice.
Antes de abandonar el edificio, la mujer musita una de las peores frases que puede escuchar el oído humano: “Es terrible tener un hijo o un nieto muertos, pero mucho peor es perderlos estando vivos”. A lo largo de este informe nos topamos varias veces con ese sentimiento. Por también encontramos que los abuelos conocen sus derechos, y no se resignan fácilmente a ser privados de sus nietos: el amor es más fuerte.
Vasta y compleja. El que acabamos de exponer vendría a ser un “caso típico”, dentro del imaginario colectivo. Esto es, la mujer que le pone trabas a la familia de su marido o ex marido o pareja. Esto suele ocurrir, sobre todo después de una separación conflictiva. La abogada Mariana Wallace señala que “los abuelos o la familia materna suelen participar de la ‘venganza’”.
Sin embargo, la gama de situaciones es vasta y compleja. Hay abuelos que demandan régimen de visitas, y otros que piden la tenencia de sus nietos. La Justicia suele adjudicarles la guarda de los niños en casos en que el problema no provendría tanto del hijo varón como de la hija mujer, cuando es adicta y/o enferma. O cuando ella ha formado nueva pareja con un sujeto irascible y peligroso.
“No hay que ‘demonizar’ a la nuera”, pide la jueza Silvia Morcillo. “A menudo el varón tiene parte de responsabilidad, por lo que hace, no hace o deja hacer”, agrega. Un piso más arriba, la asesora Nelly Susana Serafín coincide con esta apreciación, y en que los abuelos que exigen mantener el lazo parental concentran la mayoría de las demandas de este tipo. Por lo general, la solución (o no) llega en las instancias preliminares.
“Para eso estamos y nos deslomamos acá, para que no vayan a un juicio, que incluso puede empeorar las cosas”, recalca Morcillo. Es consciente de que el vínculo con el abuelo “debe establecerse entre los 0 y 6 años del niño, porque juega un rol fundamental en el desarrollo de su psiquis”.
Wallace, profesora de Derecho de Familia, tiene otro punto de vista. Basada en su experiencia, concluye en que la tendencia es “demasiado” favorable a la mujer. “Las obstrucciones maternas, esto es, las diversas formas de impedir que los hijos vean al padre y a la familia paterna, y a veces a la propia familia biológica, no gozan del mismo desprestigio jurídico y social que los incumplimientos alimentarios por parte del progenitor masculino”, dice.
A su juicio, una cosa es casi tan grave como la otra. “Le caemos con todo al hombre que no paga la cuota, pero no así a la mujer que obstaculiza la relación y las visitas. Cuando se trata de una vendetta de la mujer hacia el ex esposo, ella también debería ser objeto de sanciones ejemplares”.
Responsabilidades. Pero así como los juzgados de Familia reconocen derechos, es cada vez más común que impongan obligaciones a los abuelos: de a poco se generaliza la demanda contra los abuelos por cuotas alimentarias.
En septiembre del año pasado, se hizo público el fallo de la Cámara de Familia de 2ª Nominación de Córdoba que aceptó la demanda de una mamá para que los abuelos paternos abonen 200 pesos mensuales como complemento a la cuota del padre. El tribunal recordó que el deber alimentario de los abuelos es una “obligación” fundamentada en la “solidaridad familiar”, “subsidiaria” respecto de la que pesa sobre los progenitores.

Fuente:www.lavoz.com.ar

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