miércoles, 12 de octubre de 2011

Indemnizarán a una mujer que fue despedida luego de adoptar

El tribunal revocó un fallo de primera instancia y subrayó que la equiparación con la maternidad biológica no admite discusión.
La Sala VII de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo condenó a los empleadores demandados a pagarle a una dependiente la indemnización agravada que prevé la normativa laboral por su despido, el cual se produjo luego de que la mujer adoptó cuatro hijos.
El fallo revocó lo resuelto en primera instancia y fue firmado por los camaristas Néstor Rodríguez Brunengo y María del Milagro Ferreirós, quienes resaltaron que no podía ignorarse la existencia del derecho reclamado a que se aplicara el mismo régimen indemnizatorio contemplado para el caso de maternidad biológica.
Discriminación
“Una decisión distinta significaría convalidar un acto de discriminación contrario al principio de igualdad y a los valores de equidad y justicia que deben guiar siempre las sentencias de los jueces”, enfatizaron.
En esa sentido, señalaron que la equiparación de la maternidad biológica y la adoptiva no admite punto de discusión desde la lógica y el sentido común.
Así, Rodríguez Brunengo y Ferreirós plasmaron que esa equiparación lleva a aplicar las disposiciones de la ley 20744, que regulan la protección de la maternidad, entre las que se encuentra el artículo 178, que expresamente establece que debe presumirse que el despido se debió a la maternidad de la trabajadora cuando la desvinculación se produce dentro del plazo de siete meses y medio anteriores o posteriores a la fecha en que fue otorgada la guarda de los menores, en el caso.
Razones
“Habiéndose producido el distracto dentro del plazo mencionado correspondía a la accionada acreditar que el despido obedeció a otra causal, lo cual no ha hecho”, determinaron los magistrados.
Además, agregaron que resultaba imposible considerar acreditada en el proceso la existencia de las razones operativas alegadas por la patronal ya que inmediatamente después del despido de la actora se contrató a otra persona para realizar las mismas tareas.

Fuente: www.comercioyjusticia.com.ar

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