jueves, 14 de abril de 2011

DERECHO DEL USUARIO A MANTENER SU NÚMERO TELEFÓNICO.-

En aproximadamente un año el usuario de telefonía celular podrá hacer el cambio de empresa sin perder su número telefónico. Esto se debe a que mediante un comunicado oficial el Gobierno parece querer terminar de llevar a la práctica uno de las disposiciones del decreto 764 de 2000 que pretendía avanzar con la idea de darle la opción a los usuarios de móviles para que pasen de una compañía a otra llevándose el número telefónico. Así la competencia sería más abierta y legitima.
El comunicado explica que Julio De Vido, ministro de Planificación Federal, y Lisandro Salas, secretario de Comunicación, se reunieron con la presidenta Cristina Fernández de Kirchner para informarle que, a través de la resolución 98 de 2010 de la secretaría de Comunicaciones, quedaba reglamentada la portabilidad numérica en la Argentina.
Salas, sucesor de Guillermo Moreno al frente del manejo de las telecomunicaciones locales, explicó que el proceso técnico para habilitar esta opción, que las telefónicas resistieron durante años, demandará 40 millones de dólares de inversión que serán absorbidos en su totalidad por las operadoras. Según el secretario de Comunicaciones la modificación "demandará cerca de un año".
Se trata del derecho del usuario a mantener su número telefónico, un derecho que ya estaba contemplado en el marco regulatorio y en el decreto 764 de 2000. Con este paso la regulación está completa. Ahora lo que falta es el paso técnico que es montar el sistema que permite esto, a grandes rasgos es armar una gran base de datos que permite cambiar de números sin generar mayores problemas.
El mencionado decreto 764 del año 2000 se sustenta en los principios que gobiernan la libertad de comercio, el libre acceso al mercado, la fluida y libre circulación de toda información útil, la ausencia de intervenciones que lo distorsionen y la exclusión del ordenamiento jurídico de toda disposición que favorezca los monopolios y/o privilegios. Así también se basa en el artículo 42 de la CONSTITUCION NACIONAL estableció expresamente el deber de las autoridades de proveer a la defensa de la competencia contra toda forma de distorsión de los mercados, al control de los monopolios naturales y legales y a la calidad y eficiencia de los servicios públicos. La clave de estas reformas, en aras de la promoción de mercados competitivos, es posibilitar el ingreso de nuevos operadores a la industria de las telecomunicaciones.

No hay comentarios:

Publicar un comentario